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Listo para Sala proyecto que regula el ingreso y tránsito de vehículos en playas y dunas

punto noticiosopunto noticioso—octubre 26, 20250
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Listo para Sala proyecto que regula el ingreso y tránsito de vehículos en playas y dunas

En condiciones de ser votado por la Sala del Senado está el proyecto de ley que prohíbe el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en las arenas de playa, terrenos de playa y dunas costeras de todo el territorio nacional. Ello, luego que la Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales elaborara un segundo informe de la iniciativa.

En lo fundamental, el proyecto prohíbe el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en playas, terrenos de playa, humedales costeros y dunas, estableciendo excepciones que incluyen vehículos de emergencia, seguridad y actividades autorizadas. Con esto, se busca proteger especies en peligro y sus hábitats, como aves que nidifican en estas áreas.

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Cabe recordar que la iniciativa -que cumple su segundo trámite- fue aprobada en general por el Senado en marzo de este año y durante su trámite en particular se presentó una veintena de indicaciones, algunas de las cuales fueron aprobadas con modificaciones.

En tal sentido, se estableció un nuevo artículo que define el objeto de la ley y reorganiza el contenido de la prohibición.

Comisión de Medio Ambiente

Así las cosas, se señala que la ley tiene por objeto regular el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en las playas, terrenos de playa, humedales costeros y dunas costeras en todo el territorio continental e insular, con el objeto de proteger la biodiversidad y morfología del borde costero.

Para ello, el texto prohíbe el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en playas, terrenos de playa, humedales costeros y dunas costeras en todo el territorio continental e insular, salvo los de emergencia, seguridad, vigilancia, mantención y aseo, fiscales, así como aquellos vehículos utilizados en las actividades autorizadas, tales como la pesca artesanal, las vinculadas con las actividades conexas a la pesca; y las operaciones vinculadas a la actividad acuícola.

No obstante, excepcionalmente y, en caso de no existir otra vía, la iniciativa establece que podrán ingresar vehículos para acceder a las viviendas aledañas a los sitios mencionados.

La iniciativa define lo que se entiende por duna costera y humedal costero y señala que la fiscalización de esta ley le corresponderá a Carabineros de Chile, conforme a sus competencias fiscalizadoras y a los otros órganos de la Administración del Estado que tengan facultades fiscalizadoras en dichos sitios.

En tanto, la aplicación de sanciones por infracción a esta ley le corresponderá al Juzgado de Policía Local de la comuna donde se haya cometido la infracción y será sancionada con multa a beneficio fiscal de cinco a treinta unidades tributarias mensuales.

En caso de reincidencia, se podrá aplicar una multa equivalente al doble del máximo establecido y se podrá suspender la licencia de conducir por el período de hasta seis meses e inhabilidad para obtenerla por el mismo período.

Será responsable de las infracciones a esta ley el conductor del vehículo y en caso de que su identidad no pueda ser constatada al momento de los hechos, la responsabilidad recaerá sobre el propietario o tenedor del mismo.

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